sábado, 19 de junio de 2010

Carta de la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes en respuesta al informe de INDEPA

La FENAMAD rechaza las acusaciones que INDEPA imputa a los pobladores de la comunidad nativa de Monte Salvado en relación a la tala maderera; por el contrario, respaldan el trabajo y esfuerzo que vienen haciendo los hermanos nativos para proteger a los pueblos indígenas en aislamiento voluntario (PIAV). Asimismo, exhorta a INDEPA a cumplir los acuerdos tomados y el cese a la campaña de malinformación y desprestigio hacia la comunidad nativa de Monte Salvado.


Señor:
Mayta Capac Alatrista Herrera
Presidente Ejecutivo INDEPA
Lima.-

Previo cordial saludo, en nombre de las 33 comunidades nativas y de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario (PIAV) del departamento Madre de Dios, Referente al Oficio No. 177-2010-INDEPA/PE, paso a informar lo siguiente:
Es pertinente aclarar que la Federación Nativa del río Madre de Dios y Afluentes “FENAMAD”, creada en el año 1982, es una organización sin fines de lucro, que está conformado por líderes indígenas elegidos democráticamente por la población indígena de la región, para llevar acabo la protección de los derechos ancestrales, territoriales, humanos, fundamentales de los pueblos indígenas. Por estas acciones hemos sido reconocidos con el premio Bartolomé de las Casas en España en 1997.

Nuestra institución viene trabajando desde el 2005 formalmente en Las Piedras con el funcionamiento de un puesto de control, construido con sacrificio y convicción para la protección de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario. La FENAMAD, desde los 90s ha tenido que actuar para asegurar la protección de nuestros hermanos aislados altamente vulnerables y por su labor, ha sido elegido para presidir el Comité Indígena para la protección de los PIAV y contacto inicial (CIPIACI), integrado por organizaciones indígenas de los 7 países que albergan poblaciones en aislamiento voluntario y contacto inicial (Ecuador, Brasil, Bolivia, Paraguay, Colombia, Venezuela) en el año 2006, cargo que se lleva hasta la fecha; cuya función es crear bases de datos sobre problemáticas y atenciones urgentes de los PIAV en cada país con incidencia a nivel de los gobiernos de turno y al Foro Permanente de Cuestiones Indígenas de la ONU, entre otras entidades internacionales.

Al mismo tiempo, existe una demanda en Puerto Maldonado, y en la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Washington DC, EEUU planteado por la FENAMAD, contra el Estado Peruano (INDEPA) desde el año 2006, por incumplimiento de sus deberes en la protección activa e integral de las poblaciones indígenas en aislamiento de la región Madre de Dios. No solo nuestra organización ha denunciado, también existen diversas organizaciones indígenas a nivel nacional que han denunciado al INDEPA por falta de actuación en la protección de los PIAV.
Ante este panorama, es lamentable que su institución en vez de cumplir con las recomendaciones planteadas por la CIDH; ha ido al sector Las Piedras con la finalidad de hacer "monitoreo" dentro del territorio de la población indígena asentada en la comunidad nativa Monte Salvado (titulado por R.D. Nº 045-2003-MA-DRA-MDD), cuando es de conocimiento público que la problemática es en la Reserva Territorial de los PIAV. En relación al tema maderero es aún mucho más complicado, que nunca se interesaron en tomar medidas concretas con tal fin, prueba de esto son las denuncias y acciones presentadas por nuestra organización, ante diversas instancias de los organismos del Estado para su actuación. Se debe precisar que ha sido la FENAMAD quien alertó al Estado e hizo incidencia contra la mayor tala de madera en la historia del país desde los años 90. Momentos bastante difíciles para la población indígena aislada, que no fueron atendidos por ustedes, o a través de ninguna institución estatal.

FENAMAD ha sido activa en la vigilancia de la zona desde entonces, muestra del mismo es que ha habido un efecto drástico en la reducción de actividades madereros ilegales en la zona y recuperación de territorios por parte de los aislados. La comunidad nativa de Monte Salvado se encuentra trabajando con nuestra institución en la protección de los PIAV desde su creación, y mantienen conocimientos de los planes de contingencia elaborados para proteger a sus propios hermanos.

Siendo Monte Salvado una comunidad nativa, mantiene el derecho de aprovechar sus recursos dentro de la comunidad según Convenio Nº 169 de la OIT y la Ley Nº 22175 “Ley de comunidades nativas y de desarrollo agrario de las regiones de Selva y ceja de selva”; pueden hacer uso de sus recursos naturales de manera tradicional con fines de subsistencia, siempre y cuando esta se desarrolle dentro de sus territorios titulados. Dicha actividad lo han venido realizando limitadamente debido a una sanción que tienen, y por la distancia que se encuentran, dos días y medio de viaje por río arriba. Las coordenadas detalladas en su informe se encuentran dentro del territorio de la comunidad nativa Monte Salvado y conforme a ley tienen derecho de realizar dicha actividad para su subsistencia.

Como bien fue mencionado en su informe tienen una multa del año 2007 por talar árboles, multa que se estableció sin proteger sus derechos y sin tomar en cuenta que en esas fechas la comunidad era amenazada por madereros ilegales, quienes deforestaron y amenazaron su vida y la de los aislados, y que gracias a las denuncias presentadas por la FENAMAD y la comunidad a nivel nacional e internacional (porque el Estado no cumplía con su función), se pudo desalojar a todos los madereros.

Esta sanción ilegal que hasta la fecha ha ido incrementándose, es imposible pagar por la falta de recursos económicos en la comunidad. Existe en la comunidad necesidades prioritarias básicas como educar a sus hijos que se encuentran en la ciudad cursando estudios secundarios (por no contar con escuela secundaria), atención médica (no existe técnicos o enfermeras en la comunidad), entre otros problemas que debe llamar la atención a las entidades del Estado, como es INDEPA, y no dedicarse a mal informar a la población y perturbar su manera tradicional de vida que vienen haciendo las familias.

Se debe aclarar que los agentes de protección de la comunidad no tienen la necesidad de realizar la actividad denunciada porque tienen un sueldo mensual para su efectiva labor. Dicho informe que han emitido, demuestra una vez más que su institución no tiene la intención de velar por la protección de los indígenas en contacto ni en aislamiento voluntario. Más bien los guardaparques indígenas son los llamados a proteger a sus propios hermanos, a diferencia de la ONG FRANKFORT, que pretende controlar a los PIAV con la finalidad de captar fondos en nombre de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario; como muestra el contrato firmado entre Frankfort y INDEPA, que respalda estos intereses económicos, y no de salvaguardar la vida de los aislados.

Por otro lado es pertinente mencionar que es sabido que todavía existen problemas con madereros ilegales, o concesionarios que ingresan a la Reserva con fines de extracción de madera (conforme pruebo con denuncias actuales contra madereros y pescadores, sin atención); también se debe tener información sobre las actividades de narcotráfico en la región norte de la Reserva. Alumbrando un panorama que merece una atención urgente para asegurar la protección integral de toda la Reserva hacia la frontera brasilera. Nuestra institución con buena voluntad ha venido exigiendo la necesidad de mantener una relación productiva de trabajo con INDEPA, para poder llevar a cabo acciones concretas en base de las necesidades y amenazas ya identificadas.

Este accionar, lo está llevando porque su institución no desea reconocer oficialmente a los agentes de protección indígenas para que junto con la policía ecológica y SERNANP puedan poner fin a los ingresos ilegales al área. Parece que se ha olvidado que el objetivo es la protección de la población en aislamiento voluntario; nuestra preocupación y peticiones han sido plasmadas últimamente en la Acta de la Reunión del día 15 de febrero del año en curso en sus oficinas, junto con las organizaciones indígenas representativas de ORAU, ORPIO y AIDESEP. De manera reiterada volvemos a lamentar que este acuerdo, tomado con buena voluntad y esperanza, ha sido violado por su institución, precisamente en la cláusula N° 5 donde reconoce "que las organizaciones indígenas mencionadas son interlocutores válidos y representantes de los PIAV".

Vergonzosamente todos los plazos se han vencido, en vez de seguir con esta consolidación de trabajos importantes, se esta perdiendo tiempo con temas que no tienen nada que ver con sus objetivos: regular la naturaleza, estructura y funciones para la efectiva formulación de las políticas nacionales dirigidas al desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano. Conforme a la Ley Nº 28736 "Ley para la protección de Pueblos Indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial" que su institución aprobó, se debe “garantizar y proteger el área que ocupan los PIAV, restringiendo el ingreso de foráneos a la Reserva Territorial de los mismos; de la misma manera se establece que no se permite el ingreso de agentes externos a la reserva, salvo por situaciones que pongan en riesgo la salud, identifiquen o denuncien actividades ilegales al interior de las reservas indígenas, entre otras por acuerdo de “INDEPA”; además que el ingreso a las reservas indígenas deben aprobarse por decreto supremo y en coordinación con los sectores Salud, Agricultura e Interior, y Policía Nacional.

Dejamos constancia que su ingreso al interior de la reserva junto a la ONG FRANKFORT y SERNANP fue ilegal, poniendo en riesgo la vida y bienestar de los PIAV. Estos deberes que como vienen señalando hasta el cansancio las organizaciones indígenas del país, son vitales para la protección integral de las Reservas Territoriales y los que aún se encuentra en propuesta, que están en todas los casos en situaciones críticas por falta de atención. Se demuestra una falta de interés por su parte para una adecuada protección, ejemplo claro es su falta de atención en modificar el artículo 5 de la ley de pueblos aislados, que desprotege completamente a los aislados ante el otorgamiento de concesiones hidrocarburíferas, poniendo en peligro su derecho a la vida.
Nuevamente aprovecho la oportunidad para solicitar que se cumpla con los acuerdos tomados en la ciudad de Lima ante nuestras instituciones, y se deje de estar mal informando a la población para no cumplir con sus obligaciones. Esperando la atención detallada al presente,

Atte.,
Jaime Corisepa
Pdte. FENAMAD

Adjunto Documento
-- Comunicación FENAMADWeb: http://www.fenamad.org.pe/Blog: http://www.fenamad-indigenas.blogspot.com/Contacto: fenamad@fenamad.org.pe / comunicacion@fenamad.org.pe

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